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Decreto de la Generalitat para facilitar conocimiento de origen biológico

28/07/2015

Aprobado en Cataluña un decreto para facilitar a personas adoptadas y tuteladas saber sus orígenes biológicos.

El Consell Executiu del Govern catalán acaba de aprobar un decreto para facilitar a las personas adoptadas y a las tuteladas por la Generalitat tener conocimiento de sus orígenes y de cuáles son sus parientes biológicos. Si bien el colectivo puede conocer sus orígenes, establecido en Ley 14/2010, de los derechos y las oportunidades de la infancia y la adolescencia, y en el Código Civil de Cataluña, el decreto establece novedades.

Como principales medidas, se enmarca que la búsqueda de los orígenes biológicos se puede iniciar con la presentación de una solicitud por parte del interesado. Puede hacer la solicitud en la Conselleria de Bienestar Social y Familia de la Generalitat. A partir de este momento, la conselleria abrirá un procedimiento confidencial de mediación.

Uno de los aspectos destacados en este decreto es que se puede conocer a los parientes biológicos, pero no se incluyen datos de localización de personas.

Para el procedimiento, se realizarán informes técnicos con el fin de conocer las circunstancias en que se produjo la separación, y, si es preciso, establecer o bien organizar un encuentro entre las partes según determinadas condiciones. Este encuentro puede no ser viable, y en este caso, la Generalitat de Catalunya sólo dará los datos de identidad de los progenitores biológicos a la persona que está interesada.

En el caso de que se presenten ciertas dificultades para concertar el encuentro, las partes pueden instar un procedimiento de mediación externo al Departamento, siempre con mediadores designados por el Centro de Mediación del Derecho Privado. El decreto no incluye el conocimiento de los datos personales de los profesionales que intervinieron en el proceso de separación del núcleo familiar, ni de terceras personas no relacionadas con la historia de la persona titular del derecho. Tampoco se darán aquellos datos pertenecientes al ámbito privado de los acogedores familiares, salvo que manifiesten su acuerdo.

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